Con la aparición de los BOCADE, el Gobierno de la Provincia puso a disposición la página web www.larioja.gob.ar/chachos donde podrán encontrar respuestas a preguntas frecuentes sobre su uso, las medidas de seguridad y las denominaciones que circularán a partir de julio, lo que significará una inyección a la rueda virtuosa de la economía riojana.
En ese sentido, se indicó que los BOCADE (Bonos de
Cancelación de Deudas - Ley 10.703) denominados “Chachos” son instrumentos
financieros emitidos por el Gobierno de la Provincia de La Rioja, para poner en
valor el trabajo y el salario de quienes prestan servicios en el Estado,
incentivando el consumo e impulsando reactivación económica de la Provincia.
Estarán en circulación BOCADE de 1.000, 2.000, 5.000,
10.000, 20.000 y 50.000, donde cada Chacho valdrá lo mismo que el peso.
Se indicó que todos los comercios pueden recibir estos
bonos, pero no podrán cobrar ningún recargo ni recibirlos por un valor
inferior.
Información importante para el usuario
Los Chacho sirven para comprar cualquier producto en
comercios adheridos y pagar servicios e impuestos provinciales. Si al momento
de realizar un pago, el comercio o la entidad dice que el Chacho es falso, no
lo pueden retener. Los únicos autorizados a retener los Chachos presuntamente
falsos, son las oficinas habilitadas por el Gobierno de La Rioja.
Asimismo, se aclaró que oportunamente se informarán los
puntos de pago tanto para Capital como para el Interior de la Provincia.
Sin embargo, puntualizaron que el pago de los BOCADE se hará
únicamente al titular quien deberá presentarse con su DNI.
Es preciso aclarar que los Chachos son de circulación
provincial y que los únicos autorizados para solicitar el rescate anticipado de
bonos serán los comercios adheridos al Convenio de Aceptación de Bonos de
Cancelación de Deudas Ley 10.703.
El Comercio está obligado a dar el vuelto en BOCADE o en
pesos.
Datos exclusivos para comercios
Los comercios que deseen inscribirse deberán completar un
formulario online en www.la rioja.gob.ar/chachos o personalmente en Santa Fe
N°576 - Planta Baja y en el Centro Comercial e Industrial de La Rioja, ubicado
en Copiapó N° 235, de lunes a viernes de 15 a 18 hs. Luego, se analizará la
solicitud, se informará el estado del trámite y se convocará a sus titulares
para la firma del convenio.
Se debe adjuntar la siguiente documentación: DNI del titular
y/o apoderado; Constancia de Inscripción en DGIP; Constancia de Inscripción en
AFIP; Constancia de CBU de Banco Rioja (el titular del CBU debe ser del mismo
titular que suscribe el convenio); Poder Legal certificado por Escribano
Público (en caso de corresponder); suscribir el Convenio de Aceptación
Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas - Ley 10.703; completar el
Formulario de Adhesión de Establecimiento para la Aceptación Voluntaria de
Bonos de Cancelación de Deudas - Ley 10.703.
Si se trata de una Persona Jurídica, se suma la siguiente
documentación: Contrato Social o Estatuto Societario.
Para operar con el BOCADE, las y los comerciantes -como
cualquier medio de pago- tendrán que verificar su legitimidad, es decir
controlar las medidas de seguridad indicadas en el www.la rioja.gob.ar/chachos,
a la vez que se sugiere contar con un detector de luz ultravioleta.
En caso que una persona pague con un BOCADE falso, el
comerciante tendrá el derecho de rechazarlo y solicitarle al cliente una forma
de pago alternativa pero no está autorizado a retener el BOCADE y/o a
destruirlos.
En tanto, se aclaró que si el pago en BOCADE por parte del
cliente es superior al importe de la venta y/o cobro, el comerciante puede
entregar el vuelto tanto en pesos como en BOCADE.
Rescate Anticipado
Los comercios que se adhieran podrán participar del “Rescate
anticipado”, la opción que tienen los comercios de depositar los BOCADE en las
oficinas habilitadas para su conversión en PESOS.
Para ello deberán depositar los BOCADE de lunes a viernes de
15 a 18 en las oficinas habilitadas por el Gobierno de La Rioja (Santa Fe N°576
- Planta Baja) y en el Centro Comercial e Industrial de La Rioja (Copiapó
N°235) y a cambio, recibirán un comprobante por el importe depositado, el que
se acreditará en un plazo de hasta dos
días hábiles en pesos, en la cuenta bancaria de Banco Rioja indicada en el
Convenio de Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas (Ley
10.703) firmado oportunamente.
Es importante destacar que si como comercio ya se participó
recibiendo las tarjetas de programas alimentarios (PAR, ANDAR y ALIMENTAR) y/o
formó parte de promociones bancarias impulsadas por el Gobierno de La Rioja, no
necesita completar el formulario.
Al momento de realizar el “rescate anticipado” sólo se
deberá completar el “Formulario de Adhesión de Establecimiento para la
Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas - Ley 10.703” y suscribir
el Convenio de Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas - Ley
10.703.
Este trámite podrán realizarlo al momento de efectuar el
depósito de lo recaudado de manera presencial en las oficinas mencionadas.
Asimismo, se aclaró que la adhesión y suscripción al
convenio, debe ser realizada únicamente por el titular y/o apoderado del
comercio y que el Rescate Anticipado podrá realizarse hasta los 15 días hábiles
anteriores a la fecha de vencimiento.
Rescate definitivo
Cumplida la fecha de vencimiento del BOCADE, como comercio
tenés el derecho de presentarlos en las Oficinas habilitadas para su Rescate
Definitivo. A diferencia del Rescate Anticipado, éste te dará un rendimiento
del DIECISIETE POR CIENTO (17%) semestral con rescate al 31/12/24.